Anulada ley que penalizaba relaciones homosexuales en las fuerzas militares

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Cortesía

El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) de Venezuela anuló una disposición del Código Orgánico de Justicia Militar que imponía penas de prisión a los militares que mantenían relaciones sexuales con personas del mismo sexo.

La Sala Constitucional del máximo tribunal argumentó que la disposición se anulaba por ser vaga e imprecisa en cuanto a la conducta que pretendía sancionar.

La norma imponía una pena de uno a tres años de cárcel a los militares que cometieran «actos sexuales contra natura», sin definir claramente lo que se entendía por tales actos.

Además, la norma es contraria al postulado fundamental de progresividad en materia de garantía de derechos humanos. La comunidad LGBTI del país había hecho diversas solicitudes para que se anulara la disposición.

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