El Ejecutivo Nacional exoneró del pago del Impuesto al Valor Agregado (IVA), Impuesto de Importación y Tasa por Determinación del Régimen Aduanero a las importaciones y venta de combustible, así como los insumos y aditivos destinados al mejoramiento de la calidad de la gasolina, según el decreto N° 4220.
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La medida gubernamental, publicada en Gaceta Oficial N° 41890 de fecha 20 de mayo del presente año expresa que las importaciones y venta de combustible, insumos y aditivos realizadas por el Estado directamente, o por empresas de su exclusiva propiedad, por empresas mixtas con participación del capital estatal y privado en cualquier proporción y por empresas privadas, quedarán exceptuadas del pago de cualquier impuesto o tasa aplicable de conformidad con el ordenamiento jurídico vigente, en los términos y condiciones establecidos en el decreto 4220 y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 58 de la Ley Orgánica de Hidrocarburos.



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