¿Qué impuestos se cobrarán a los ciudadanos por cruzar la frontera colombo-venezolana?

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Los miembros del Consejo Legislativo del estado Táchira han solicitado la aplicación de una ley existente que permita cobrar un timbre fiscal a las personas que sellen su pasaporte al entrar o salir de Venezuela. Además, se ha establecido un impuesto de 10 unidades tributarias, que equivale a cerca de 90.000 pesos, para cruzar la frontera entre La Parada y San Antonio del Táchira.

El diputado de la Asamblea Nacional Venezolana, Juan Carlos Palencia, ha expresado su rechazo a esta ley, ya que considera que va en contra de la integración fronteriza y la unión de los dos pueblos hermanos. Palencia también ha manifestado su preocupación por los numerosos tributos anunciados, especialmente por el impuesto de 10 unidades tributarias, que afectará negativamente a los venezolanos que busquen salir del estado Táchira y cruzar la frontera por los puentes internacionales. Según él, es necesario buscar tributos sin generar afectaciones adicionales al bolsillo de los tachirenses.

Por su parte, el activista colombo-venezolano Simón Gamboa ha mostrado su preocupación por estas medidas en momentos en que se buscaba la reapertura total de la frontera. Gamboa ha afirmado que estas imposiciones del Gobierno y del Consejo Legislativo no beneficiarán a los colombo-venezolanos y que se busca sacar provecho de la situación en lugar de buscar la recuperación del intercambio entre los pueblos hermanos.

Los diputados de la oposición han apelado a este impuesto, que afecta a la movilidad de cientos de colombianos y venezolanos que hacen tránsito entre los dos países. Además, se ha señalado que la Sección Tercera del Impuesto establece un cobro por la salida del estado Táchira por aeropuertos, terminales terrestres o salidas internacionales.

Lo que dice la ley

Señala la Sección Tercera del Impuesto por salida del estado Táchira por aeropuertos, terminales terrestres o salidas internacionales.

Artículo 77.- Tributo por la salida del estado Táchira a través de aeropuertos, terminales terrestres o salidas internacionales. El uso de los aeropuertos y terminales terrestres ubicados en el estado Táchira, así como, la salida por los puentes internacionales es gravado de la siguiente manera:

1. Salida por aeropuertos:

a. Diez Unidades Tributarias del Estado Táchira (10 UTET). por cada pasajero que viaje al exterior; y

b. Cinco Unidades Tributarias del Estado Táchira (5 UTET) por cada pasajero que viaje al interior del país.

2. Salida de los terminales terrestres:

a. Cinco Unidades Tributarias del Estado Táchira (5 UTET) por cada pasajero que viaje al interior del país; y b. Diez Unidades Tributarias del Estado Táchira (10 UTET) por pasajero que salga al exterior, por terminales terrestres.

3. Salida por los puentes internacionales, una Unidad Tributaria del Estado Táchira (1 UTET) por persona.

La Nación | Con información de La W

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