Medidas de encaje provocarán cambios importantes en las actividades crediticias de la banca

Para el economista Luis Arturo Bárcenas explicó en el más reciente informe de Ecoanalítica que en un contexto hiperinflacionario la disposición gubernamental supondría mayor recorte a la capacidad de los bancos para generar ingresos

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Ante una nueva oleada de medidas como parte de la aplicación del “Plan Maduro”, esta
semana estuvo marcada por dos nuevos anuncios oficiales. Por un lado, fueron fijados
nuevos requisitos sobre el encaje legal que deben mantener los bancos locales en el
banco central (BCV). Asimismo, las autoridades en materia económica presentaron de
forma oficial el convenio cambiario que definirá desde ahora las reglas de juego para las
operaciones con moneda extranjeras, así como el tipo de cambio vigente “para todos los
efectos”, detalló el economista y miembro de Econoanalítica, Luis Arturo Bárcenas en un reciente informe.

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Para el especialista además de perturbar el ya caótico entorno macroeconómico doméstico, ambas decisiones parecen tener impactos específicos sobre el sector bancario local. «Por un lado, las medidas de encaje, como instrumento a disposición del BCV para regular desequilibrios en el mercado de dinero, pueden provocar cambios en la actividad crediticia de los bancos. Siendo éste su principal activo generador de ingresos, los efectos sobre rentabilidad no se harían esperar».

«No obstante, como veremos brevemente, es probable que esta medida no solo sea
insuficiente para controlar el desmesurado crecimiento de los agregados monetarios
amplios. También es probable que, contrario a lo deseado, incentive a los bancos a ceder mayores créditos».

Bárcenas indica que los agentes privados no financieros, quienes mantienen depósitos en los bancos por motivos transaccionales, las entidades financieras deben conservar depósitos o reservas en los bancos centrales, a fin de honrar sus compromisos operativos, comprar divisas o participar en el mercado interbancario. «Tales reservas se constituyen a partir de una fracción de los depósitos que éstos capten del público, siendo una parte de tal proporción definida por ley (encaje legal), mientras que el resto es fijado voluntariamente por los bancos».

«La fracción obligatoria es empleada por las autoridades monetarias como instrumento de política. Si fija un requerimiento elevado, una mayor parte de cada bolívar capturado
como depósito se vuelve inamovible, elevando el costo (de oportunidad, por no prestar)
de cada unidad monetaria adicional. Ello desincentiva la demanda por depósitos de los
bancos, reduciendo sus fondos prestables. En la actualidad, se les exige a los bancos
mantener el 21,5% de sus depósitos (o base de reserva) en el BCV. Para julio, las
disponibilidades totales de la banca local en el ente emisor eran cercanas al 48,9% de
dichos depósitos, lo que implicaría que los bancos mantienen en promedio una reserva
voluntaria o excedente cercana a 27,4% de éstos».

Según el economista el nuevo diseño del encaje marginal ahora exige que los bancos incorporen el 100% de las variaciones de sus reservas voluntarias.

«Si los nuevos requerimientos de encaje logran efectivamente reducir los niveles de
liquidez, se esperaría un incremento en dicho cociente conforme lo reservado por los
bancos en el BCV represente una fracción mayor de las captaciones. No obstante, al
evaluarse la expresión usando las tasas de crecimiento esperada de los depósitos (o de
la liquidez monetaria) para lo que resta del año, notamos que, tras un breve incremento, dicho ratio tiende a fijarse en un valor cercano al parámetro α, es decir, al coeficiente asociado con la acumulación voluntaria».

Añade que debido al contexto hiperinflacionario, el cual provocaría que, según sus estimaciones, las alzas mensuales en los depósitos se ubiquen por encima del 70%.

«En efecto, en un entorno hiperinflacionario, con restricciones al manejo de tasas y
comisiones, el mayor encaje supondría mayor recorte a la capacidad de los bancos para
generar ingresos y, por ende, para acumular capital».

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