Redhnna: Estado está obligado a garantizar el derecho a manifestar de niños, niñas y adolescentes

En los últimos datos disponibles en el monitoreo de violaciones del derecho a la vida de niños, niñas y adolescentes, se constata el insólito incremento en un 266% de las llamadas “muertes por resistencia a la autoridad” de niños, niñas y adolescentes

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La Red por los Derechos Humanos de los niños, niñas y adolescentes (Redhnna) se pronunció de manera firme referente a los hechos violentos que atentaron contra la vida de Rufo Antonio Chacón Parada, adolescente de 16 años que participaba en una protesta pacífica en el estado Táchira por falta de gas doméstico en su comunidad el primero de julio del año en curso.

«Las consecuencias de este hecho son muy graves, Rufo perdió su visión y tiene el rostro desfigurado. Las evaluaciones posteriores indicarán qué otros daños a su salud e integridad personal resultan del hecho. Un crimen en flagrancia cometido por estos funcionarios, quienes acudieron armados a una protesta pacífica y omitiendo las normativas de actuación policial sobre uso progresivo y diferenciado de la fuerza, incumplieron su deber prioritario de persuadir de manera no violenta a los manifestantes y de extremar las precauciones cuando la actuación policial está dirigida a niños, niñas y adolescentes», reza la nota de Redhnna.

Es propicio recordar que en situaciones como estas, la obligación del funcionario es proteger a la población civil, garantizar el ejercicio de sus libertades y proteger a la población vulnerable para que pueda ejercer sus derechos a la libertad de expresión, protestar y acudir a las autoridades para exponer sus reclamos.

Protestar pacíficamente para exigir derechos no constituye delito, y los cuerpos policiales no tienen potestad para reprimir, sancionar o castigar a los ciudadanos por ejercer su derecho a la libre manifestación de sus peticiones y demandas. «Sin embargo, con preocupación la Redhnna observa que una actuación violenta y desmedida, por parte de las fuerzas policiales y militares del país, dirigida a reprimir las manifestaciones pacíficas, se ha ido instalando de forma sistematizada en estos cuerpos de seguridad del Estado. Las armas que les han sido entregadas a dichos funcionarios no pueden seguir siendo utilizadas para intimidar, causar daños, someter o ejecutar a personas», afirma el comunicado.

El Director de la Policía de Táchira ha afirmado que este caso se trata de un hecho aislado, al parecer refiriendo que es un caso particular de actuación irregular de determinados individuos. No obstante, las denuncias y casos conocidos por organizaciones de DDHH y distintos medios de comunicación dejan en evidencia las constantes prácticas y actuaciones contrarias a la Ley que califican como actuaciones extrajudiciales, uso arbitrario y discrecional de la fuerza y claramente, violaciones de derechos humanos. Por esto, es importante señalar que cuando los hechos denunciados son tan recurrentes y su magnitud cada vez es mayor, no puede ser considerado ningún hecho de este tipo, como situaciones aisladas.

En los últimos datos disponibles en el monitoreo de violaciones del derecho a la vida de niños, niñas y adolescentes, se constata el insólito incremento en un 266% de las llamadas “muertes por resistencia a la autoridad” de niños, niñas y adolescentes. Del 2015 a la fecha, 39 menores de edad han sido asesinados por fuerzas de seguridad, en contexto de manifestaciones ciudadanas.

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Frente a hechos tan graves como el que ocurrió en Táchira, Redhnna exige:

  • Cese la impunidad en la actuación criminal de los funcionarios policiales y militares cuando cometen crímenes; demandamos una inmediata investigación judicial de estos graves casos y que se impongan las sanciones que establece la Ley.
  • Erradicación de las prácticas, procedimientos y órdenes de actuación policial y militar que son contrarias a los derechos humanos y que están teniendo como resultados la muerte de adolescentes y jóvenes por ejecuciones extrajudiciales. Avanzar con esta política militarista y belicista de la seguridad pública solo producirá mayor número de muertos y en ningún modo contribuye a la pacificación del país.
  • Cumplimiento del principio de legalidad, para lo cual demandamos que todos los cuerpos policiales y militares y que cada funcionario particular, conozca, respete y cumpla la normativa legal de protección integral de los derechos humanos de la niñez, especialmente de lo dispuesto en la Convención Sobre los Derechos del Niño, en la LOPNNA y en las Normas sobre la actuación policial cuando esté dirigida a niños, niñas y adolescentes (Gaceta Oficial N° 39.824 del 20 de diciembre de 2011).
  • El Estado está obligado a garantizar los recursos y servicios necesarios para la más pronta y posible recuperación de la salud de Rufo Antonio Chacón Parada luego del daño que se le ha causado.
  • El Estado debe así mismo proveer y garantizar el acceso a los servicios básicos que toda la población debe poder disfrutar sin tener que reclamar por ellos, y que lamentablemente fueron el origen de estos terribles hechos.

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