Como era de esperarse, la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declaró la constitucionalidad del Decreto N° 2.849, mediante el cual se declara el estado de excepción y emergencia económica en todo el territorio nacional.
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La ponencia conjunta de los siete magistrados y publicada en la sentencia N° 364 del 24 de mayo de 2017, señala que la declaratoria del estado de excepción obedece a la «ingente necesidad de que el presidente Nicolás Maduro pueda continuar con la adopción de las medidas urgentes, contundentes, excepcionales y necesarias para asegurar a la población el disfrute pleno de sus derechos, preservar el orden interno, el acceso oportuno a bienes, servicios y otros productos esenciales para la vida».
La Sala Constitucional del TSJ también declara nulo, inexistente e ineficaz cualquier acto en el cual la Asamblea Nacional pretenda desaprobar el decreto del 13 de mayo de 2017, publicado en la Gaceta Oficial Extraordinaria N° 6.928 de esa misma fecha.
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