El Departamento del Tesoro de EE. UU. emitió la licencia general N.° 60 para autorizar transacciones relacionadas a actividades de socorro y ayuda humanitaria por los terremotos en Venezuela.
«Excepto lo dispuesto en el párrafo (b) de esta licencia general todas las transacciones relacionadas con los esfuerzos de socorro por terremoto en Venezuela que de otro modo estarían prohibidas por el Reglamento de Sanciones a Venezuela están autorizadas hasta las 12:01 a. m. del 23 de octubre de 2026», reza una parte del documento.
Entre lo que está autorizado se encuentra: el procesamiento o la transferencia de fondos en nombre de personas de terceros países hacia o desde Venezuela en apoyo de las transacciones autorizadas por el párrafo (a) de esta licencia general.
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EE. UU. indica que las instituciones financieras estadounidenses y los transmisores de dinero registrados en EE. UU. pueden confiar en hacer una transferencia de fondos a Venezuela siempre y cuando cumpla con el párrafo (a) de esta licencia general.
Esta licencia general no autoriza: «l desbloqueo de cualquier propiedad bloqueada, así como cualquier otra transacción o actividad prohibida por cualquier otra orden ejecutiva o por cualquier parte del capítulo V del título 31 del Código de Regulaciones Federales» de ese país.
Por último, aclara que nada en esta licencia general exime a ninguna persona del cumplimiento de ninguna otra ley federal o de los requisitos de otras agencias federales.

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