Exoneración del IGTF se extiende a las criptomonedas

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El Decreto Nº 4,784, publicado el 23 de febrero de 2023, eximió a las operaciones de compra/venta de criptomonedas como Bitcoin y los pagos realizados con estos activos para bienes y servicios dentro del territorio venezolano del pago de este impuesto.

La medida permitirá que las remesas enviadas desde el exterior a través de instituciones autorizadas mediante criptomonedas u otros activos distintos al Petro no generen carga impositiva para los beneficiarios. El decreto tiene una vigencia de un año a partir de la fecha de publicación en la Gaceta Oficial número 42,575.

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Las operaciones cambiarias realizadas por personas naturales y jurídicas también estarán exentas del impuesto, según esta nueva disposición. Sin embargo, los «sujetos pasivos especiales» designados por el Código Tributario de la nación petrolera no se verán beneficiados por la norma y deberán contribuir con la alícuota respectiva, que oscila entre el 2% y el 20%, según el tipo de operación efectuada y especificado en la Gaceta Oficial Nº 6,687.

La exención del IGTF en las transacciones de criptomonedas es un paso importante para promover la adopción de estas monedas en el país.

La medida también puede tener un impacto en el mercado de criptomonedas en Venezuela. La eliminación del impuesto podría aumentar la demanda de criptomonedas y, por lo tanto, elevar los precios. Esto podría beneficiar a los inversores que ya tienen criptomonedas y atraer a nuevos inversores interesados en aprovechar las exenciones fiscales.

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