Bancos deberán retirar divisas en efectivo en el Banco Central de Venezuela

Las instituciones bancarias deben pactar previamente con sus clientes el monto de las divisas que requerirán para luego hacer la solicitud al BCV

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Las instituciones bancarias deben pactar previamente con sus clientes el monto de las divisas que requerirán para luego hacer la solicitud al Banco Central de Venezuela de la cantidad exacta en efectivo.

Señaló el BCV que es “un mecanismo para la realización de retiros en efectivo, producto de la aplicación de las divisas vendidas con ocasión de medidas de intervención cambiaria acordadas por este Instituto de conformidad con lo previsto en la Resolución N° 19-01-04 del 22/01/2019, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 41.573 del 28/01/2019”.

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De acuerdo con la instrucción, los bancos solo podrán solicitar la entrega de divisas en efectivo necesarias para atender las operaciones de retiro de los depósitos especiales constituidos en virtud de las operaciones de venta de divisas pactadas con sus clientes, en función de la nueva política adoptada por el gobierno de Nicolás Maduro el 29 de enero.

La solicitud del efectivo al BCV debe hacerse “a partir del primer día hábil de la semana bancaria subsiguiente a la intervención, o previamente en caso que hayan reportado al BCV la colocación del monto total vendido en operaciones cambiarias con su clientes” bajo ciertas especificaciones, entre las que se incluyen que el pedido de billetes en euros se haga en múltiplos de 50 y de 100 en el caso de dólares de los Estados Unidos.

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