INTT: Reactivan Operativo “Ponte al día con tu Vehículo” en sedes regionales durante flexibilización

El Instituto Nacional de Transporte Terrestrereactivo el operativo “Ponte al Día con tu Vehículo” en sus oficinas regionales desde las 8 am hasta la 1 pm, durante las semanas flexibles, con el fin de garantizar la legalidad y la actualización del Registro Nacional de Vehículos, llevando al pueblo un servicio de calidad y facilitar a los usuarios la regularización de la documentación de sus vehículos.

Esta actividad es un trabajo mancomunado de instituciones del Estado: la Policía Nacional Bolivariana (PNB), el Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalística (CICPC), la Defensa Pública y el Servicio Autónomo de Registros y Notarías, se unen en un solo circuito para brindar sus servicios al pueblo.

El INTT en este operativo permite el registro de vehículos que no poseen la documentación completa. En estos casos, y en aras de contribuir a la simplificación de trámites, los usuarios podrán realizar el registro ante el INTT, según lo estipulado en la providencia Nº 028-2018, publicada en la Gaceta Oficial 41.469 de fecha 28 de agosto de 2018, que reza en su Artículo 2 que “El Instituto Nacional de Transporte Terrestre sólo tramitará conforme a la presente providencia administrativa, el registro de un vehículo a motor previa consignación y verificación de cualquiera de los documentos que acredite la adquisición del mismo tales como:

  • Certificado de origen, factura o documento de compra proveniente de un fabricante, ensamblador o concesionario de vehículos.
  • Documentos de importación, planilla de liquidación de los derechos correspondientes, certificado de título, primera y segunda revisión de vehículos a motor importado.
  • Resguardo Aduanero de la Guardia Nacional Bolivariana, o cualquier otro documento en original válido que acredite la adquisición del mismo.
  • Declaración jurada debidamente autenticada, la cual contenga una descripción clara, inteligible de la procedencia y forma de adquisición de dicho vehículo.
  • Experticia de verificación legal de vehículo. Este requisito es de obligatorio cumplimiento en todos los casos.
  • Si la solicitud se realiza a través de apoderado, consignar el documento que así lo acredite.
  • Cualquier otro documento que en forma fehaciente demuestre la adquisición del vehículo a motor.

Es importante resaltar que los vehículos a motor registrados bajo la forma de Declaración Jurada, que contempla  esta providencia, no podrán ser vendidos en un lapso no menor a dos años.

Texto e imagen de El Impulso.

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