Ministerios de Comercio Nacional y Educación firman resolución para fijación de matrícula en unidades educativas privadas

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Los ministerios de Comercio Nacional y Educación firmaron la resolución 024 para fijación de matrícula en unidades educativas privadas. Dicha resolución indica que en ningún caso queda establecido la obligatoriedad del pago de matrícula en moneda distinta al Bolívar; sin embargo, si el padre o representante prefiere hacerlo en moneda extranjera, la institución educativa debe basarse en lo publicado por la tasa oficial del Banco Central de Venezuela (BCV).

“Hoy junto al camarada ministro @psuvaristobulo firmamos una resolución que establece la metodología a seguir para la fijación de matrícula en instituciones de educación privadas, tras el llamado de nuestro pueblo, levantamos este instrumento que permitirá normar el procedimiento”, así lo dio a conocer la titular de la cartera de Comercio Nacional, Eneida Laya, a través de su cuenta en la red social Twitter @EneidaLayaPsuv.

“Ninguna institución educativa deberá poner como condición el pago de su mensualidad en moneda extranjera para la entrega constancias, boletines o algún documento probatorio del estudiante”, expresa el documento.

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De igual manera, se detalla que una vez estén estructuradas las propuestas de cobro, la cual deberá estar basada en la metodología de agrupación de costos, deberán elevarse en asamblea de padres y representantes mediante medios físicos o electrónicos y quienes, a su vez, tendrán cinco días hábiles para realizar sus observaciones.

En este sentido, la titular de Comercio Nacional aseguró que, a través de la Superintendencia para la Defensa de los Derechos Socioeconómicos (SUNDDE), se vigilará el cumplimiento fiel y exacto de la resolución 024, la cual contribuirá con el desarrollo social y educativo.

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