Transporte Público disminuirá en un 50% su capacidad para la prestación del servicio en Caracas

Para los taxis de 5 puestos se estableció como máxima capacidad de ocupación 3 pasajeros. Cuando sea un solo pasajero este deberá usar el asiento posterior.

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A partir de este lunes a las unidades de transporte público, urbano, suburbano, interurbano deberán disminuir hasta en un 50% su capacidad para la prestación al público, según lo establece la Ordenanza Relativa a las Condiciones Especiales de Distanciamiento Físico y Bioseguridad para la prevención del contagio por Covid-19, emanada de la Alcaldía de Libertador.

La normativa establece que para las unidades de transporte de pasajeros tipo vans, troncal, minibús, periférico y autobús, en cualquiera de sus modalidades de servicio, sean urbanos, suburbanos o interurbanos el límite máximo de ocupación, más el conductor y el colector.

El límite máximo establecido en la normativa municipal será el siguiente; para unidades de 15 puestos, la ocupación máxima será de 7 pasajeros; 18 puestos tendrá una ocupación de 9 personas, 20puestos 10 pasajeros. Para unidades de 25 puestos se permitirán solo 13 pasajeros, de 28 puestos 14 personas, 32 puestos una ocupación máxima de 16 personas, 36 puestos 18pasajeros. Unidades con 42 puestos tendrá una ocupación máxima de 21 personas, para 48 puestos solo se permitirán 24 personas; en unidades de 52 puestos la ocupación máxima será de 26 personas y en autobuses de 60 puestos la ocupación permitida será de 30 pasajeros.

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Para los taxis de 5 puestos se estableció como máxima capacidad de ocupación 3 pasajeros. Cuando sea un solo pasajero este deberá usar el asiento posterior.

No se permitirá pasajeros de pie dentro de las unidades ni la ingesta de ningún tipo. Las unidades deberán mantener abiertas las ventanillas y contar con carteles con las normas de higiene para evitar el contagio por Covid-19.

Los transportistas o dueños de las unidades de transporte deberán velar y garantizar que las unidades de transporte de pasajeros sean desinfectadas diariamente en cumplimiento con los protocolos establecidos por el Ministerio del Poder Popular para la Salud.

La Ordenanza Relativa a las Condiciones Especiales de Distanciamiento Físico y Bioseguridad para la prevención del contagio por Covid-19 establece que en las paradas de transporte de pasajeros y de moto-taxi deberá asegurarse el cumplimiento del distanciamiento físico de metro y medio de distancia, evitando las concentraciones irregulares de personas.

Los usuarios del transporte público y los transportistas deberán hacer uso en todo momento de mascarillas o tapabocas, así como guantes.

El incumplimiento de la normativa acarreará tres tipos de sanciones en bolívares ancladas a la Unidad Tributaria Municipal (UTM).  Las sanciones leves  estarán sujetas a una multa de 200 UTM; para las graves  500 UTM,  y 1000UTM para las muy graves.

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