BCV baja encaje legal a 93% de captaciones en moneda nacional

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El Banco Central de Venezuela (BCV) informó a través de su página web la decisión de reducir 7 puntos porcentuales del encaje legal bancario, de manera que ahora los bancos deberán depositar en el ente emisor 93% del saldo semanal de sus captaciones en moneda nacional.

Al mismo tiempo anunció el establecimiento de un encaje de 31% para las captaciones en moneda extranjera.

El mismo porcentaje de encaje legal (93%) aplica para las inversiones cedidas.

La reducción se explica, porque la norma anterior establecía un régimen dual de encaje legal: 57% para los depósitos vigentes hasta el 11 de febrero de 2019 y de 100% para todas las captaciones a partir de esa fecha. Ahora se unifica el porcentaje y se reduce en 7 puntos porcentuales sobre el denominado saldo marginal.

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Igualmente, la resolución 20-03-01 del BCV prevé un tratamiento diferente para los bancos microfinancieros “que tengan por objeto exclusivo fomentar, financiar o promover las actividades microfinancieras sustentadas en la iniciativa pública o privada, tanto en las zonas urbanas como rurales, cuyo índice de intermediación crediticia sea mínimo de setenta por ciento (70%), calculado según el último balance de publicación”, los cuales deberán constituir un encaje de 20% sobre sus obligaciones netas (captaciones) e inversiones cedidas.

Esta decisión permite que la banca disponga de mayor liquidez para otorgar créditos. No es un porcentaje óptimo. Se esperaba que la reducción girará en torno a 20%, por lo que el impacto no será tampoco el esperado.

Para leer la resolución del BCV ingrese aquí

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