BCV incrementó las multas para los bancos que no cumplan con el encaje legal

La medida fue establecida en la resolución publicada en la Gaceta Oficial N° 41.620 con fecha 25 de abril de 2019

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El Banco Central de Venezuela (BCV) incrementó el porcentaje de interés de que deben pagar los bancos en caso cubrir la cuota de encaje legal.

Dicha medida fue establecida en la resolución publicada en la Gaceta Oficial N° 41.620 con fecha 25 de abril de 2019.

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«Las instituciones bancarias que no mantengan la posición de encaje, en los términos requeridos, deberán pagar al Banco Central de Venezuela una tasa de interés anual por el monto no cubierto», estable el artículo 7 del documento.

Asimismo, se especifica que la «tasa de interés será la resultante de sumar 19 puntos porcentuales a la tasa cobrada por el Banco Central de Venezuela en sus operaciones ordinarias de descuento, redescuento y anticipo».

Cabe destacar que si un banco incumple hasta por cuatro días en el lapso de treinta días continuos, el mantenimiento del encaje legal, deberá pagar 33 puntos porcentuales. En el caso de que la omisión sea cinco o más veces, el pago será de 66 puntos porcentuales.

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