Cedice: Beneficiarios de la Misión Vivienda no pueden vender o alquilar los inmuebles

Técnicos de la entidad analizaron los contratos elaborados en el marco de la GMVV y constataron la indefensión en la que se deja a los receptores de casas y apartamentos .

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Elizabeth Ostos

“Prohibición de ceder el inmueble o de poseer otra vivienda; derechos de inspección por parte del Estado e irregularidades en procedimientos administrativos son algunos de los elementos que convierten a la Gran Misión Vivienda Venezuela (GMVV) en otro mecanismo de control social que atenta contra los derechos de propiedad en el país”.

Esa es la conclusión a la que llega el informe especial “Misión Vivienda Venezuela ¿Es en realidad tu vivienda?” elaborado por el Observatorio de derechos de propiedad (ODP) del centro para la divulgación del conocimiento económico para la Libertad (Cedice Libertad), que asevera que “este mecanismo continúa colocando a los beneficiarios a merced del Estado”.

El abogado Ali Daniels, informó que luego de un análisis del contrato a través del cual la GMVV realiza una venta a plazos de uno de sus inmuebles al beneficiario y revela numerosos detalles que atentan contra el régimen de derechos de propiedad en Venezuela “tales como la imposibilidad de enajenar (vender o alquilar) a través de cualquier vía, o la preferencia que tiene la Inmobiliaria para adquirir la vivienda en un lapso de 30 años posteriores a su venta y pago. Es decir, que aunque el beneficiario haya pagado íntegramente el saldo deudor, no puede disponer libremente del mismo durante el lapso indicado”, precisó el jurista.

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El informe del ODP acerca de la GMVV también hace un análisis acerca del régimen de derechos de propiedad en Venezuela y, en particular, del carácter de este como derecho humano fundamental.

“El derecho de propiedad es un derecho humano reconocido en el ordenamiento internacional y con una vinculación directa con la dignidad humana de la que se deriva”, sostiene el documento.

Daniels aclaró que “la determinación de regímenes jurídicos que no reconozcan esos elementos básicos del derecho de propiedad, hace que esos ordenamientos sean contrarios a los derechos humanos”.

Por ello, el ODP concluye sobre la nulidad del aparato jurídico construido en torno a la propiedad de los inmuebles de la GMVV.

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