La normativa de importación de bienes beneficiará a entes públicos y particulares

El decreto N°4.080, exonera del pago del IVA, Impuesto de Importación y la Tasa por Determinación del Régimen Aduanero, a los bienes muebles corporales, nuevos o usados

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El pasado 26 de diciembre fue publicada la Gaceta oficial extraordinaria N°6.497, donde a través del decreto N°4.080, se exonera del pago del Impuesto al Valor Agregado, Impuesto de Importación y la Tasa por Determinación del Régimen Aduanero, a los bienes muebles corporales, nuevos o usados.

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Algunos puntos para entender esta normativa son:

  • Según el Apéndice I del decreto, la medida será aplicable tanto los organismos de la Administración Pública, como a las compras realizadas por personas naturales y jurídicas.
  • Esta nueva norma por contiene un apéndice con 3.289 códigos arancelarios que podrán gozar de los beneficios establecidos en este decreto.
  • Para poder ser beneficiario de este decreto se debe especificar la relación de los bienes muebles a importar y presentar la factura comercial correspondiente.
  • La normativa entrará en vigencia a partir del 01de enero de 2020.
  • Asimismo, el beneficio sólo tendrá una duración de seis meses, es decir, culminará el próximo 30 de junio de 2020.

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