TSJ de Maduro declaró nula la designación de la Junta Ad-Hoc del BCV

La misma media pesa sobre el “Acuerdo de rechazo a la designación de Calixto Ortega Sánchez como Presidente del Banco Central de Venezuela”, dictado por el mismo ente legislativo el 26 de junio de 2018

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La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) declaró la nulidad absoluta y la carencia de efectos jurídicos del “Acuerdo sobre la Designación del Directorio Ad-Hoc del Banco Central de Venezuela”, dictado el 16 de julio del año en curso por la Asamblea Nacional.

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La misma media pesa sobre el “Acuerdo de rechazo a la designación de Calixto Ortega Sánchez como Presidente del Banco Central de Venezuela”, dictado por el mismo ente legislativo el 26 de junio de 2018.

En el fallo, se indicó que las designaciones de autoridades del Banco Central de Venezuela (BCV) que se hagan en atención a los acuerdos antes señalados, son nulas de nulidad absoluta.

De igual manera, la decisión estableció que quienes sean designados o acepten dicha designación incurren en delitos de usurpación de funciones y otros delitos de acción pública consagrados en el ordenamiento jurídico penal venezolano relativos a corrupción, delincuencia organizada y terrorismo, entre otros.

Además, con el dictamen reiteraron que es un asalto al Estado de Derecho y a todos los poderes públicos por parte del Parlamento, órgano que, de acuerdo con el TSJ, se encuentra en desacato y sus actos serían considerados nulos.

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