En Gaceta Oficial número 41.614, con fecha del 10 de abril, se publicó el horario especial que regirá al sector público y privado, desde el 1ero de abril hasta el 30, a propósito del racionamiento eléctrico en el país tras los apagones.
“Decreto N° 14 dictado en el marco del Estado de Excepción y de Emergencia Económica, mediante el cual se establece, para el sector público y privado, un horario especial laboral, desde las 8:00 a.m. hasta las 02:00 p.m., a partir del día lunes 01 de abril de 2019 hasta el martes 30 de abril de 2019”, reza el decreto, según reseña el portal de Globovisión.
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Destaca que las máximas autoridades de las instituciones de la administración pública nacional, determinarán las oficinas o dependencias bajo su responsabilidad que a los fines de este Decreto se considerarán sectores y servicios de carácter esencial exceptuados de su aplicación; priorizados en garantizar los servicios públicos y privados en las áreas de alimentación, salud, banca, finanzas, telecomunicaciones, entre otros.
El sábado 13 de abril, el presidente, Nicolás Maduro decretó lunes 15, martes 16 y miércoles 17 como días no laborables que se unen al Jueves y Viernes santo, para “estabilizar el servicio eléctrico”.
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