Usuarios en el exterior no podrán ingresar a la banca online a través de VPN

La disposición, con fecha 29 de noviembre  exhorta a los distintos bancos del país a dar a conocer el contenido de la circular a clientes a través de su páginas web .

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La Unidad Nacional de Inteligencia Financiera (UNIF) y a Superintendencia de las Instituciones del Sector Bancario (Sudeban) notificó a las entidades bancarias que los clientes que accedan a la banca por Internet deberán hacerlo bajo nuevas normas administrativas, que impedirán la movilización de cuentas a través de los VPN (Virtual Private Network).

La circular SIB-DSB del 2 de noviembre relativa a la protección integral de clientes y usuarios de la banca a distancia (fuera del país), indica que los clientes que acceden a banca por Internet dentro del territorio nacional, “deberán hacerlo a través de empresas que prestan este servicio o hayan obtenido direcciones Internet Protocol (IP) del Registro Regional de Internet para América Latina y el Caribe (Lacnic) y hayan recibido de parte de la Comisión Nacional de Telecomunicaciones (Conatel) la habilitación administrativa, concesión y permiso correspondiente para ta fin”, publicó el portal  Banca y Negocios.

La disposición, con fecha 29 de noviembre  exhorta a los distintos bancos del país a dar a conocer el contenido de la circular a clientes y usuarios a través de su páginas web para que puedan tomar las previsiones con sus proveedores de servicios de Internet.

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El 27 de agosto de este año, la Sudeban emitió una circular en la que exigía a los clientes notificar sus salidas del país, período durante el cual solo podrían realizar algunas transacciones desde el exterior.

Se otorgó un plazo de tres meses para que la medida entrara en vigor (27 de noviembre). Durante ese trimestre, usuarios y expertos advirtieron que la disposición podía ser burlada descargando algún VPN que permita una ruta alterna sin que la página web a la que se accede lo detecte.

Esta opción que encontró el gobierno para presionar a que las remesas que lleguen al país sean solo por los canales autorizados (casas de cambio), afecta incluso a empresas que, radicadas en el país, usan un IP de otras naciones.