En vigencia restricciones en transacciones de venezolanos en el exterior

Sudeban divulgó el instructivo que deben utilizar las entidades financieras para impedir las operaciones que realicen sus clientes desde el extranjero si no notifican que están fuera del país.

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El pasado 1º de noviembre entró en vigencia el cumplimiento de la medida anunciada por el Gobierno nacional que restringe las operaciones bancarias vía plataforma electrónica de venezolanos en el exterior.

La Superintendencia de las Instituciones del Sector Bancario (Sudeban) divulgó el instructivo que deben utilizar las entidades financieras para impedir las operaciones que realicen sus clientes desde el extranjero si no notifican que están fuera del país.

El pasado 27 de agosto, la Sudeban divulgó un comunicado donde ordena a instituciones financieras que soliciten a sus clientes un aviso donde especifiquen lugar y tiempo que estarán fuera de Venezuela, para que puedan ingresar a banca en línea y hacer operaciones. En caso de no comunicar, el cliente no podrá hacer ningún tipo de transacciones.

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En la circular N° 14539 con fecha 27 de agosto de 2018, se lee que si los bancos identifican “alguna transacción que corresponda a clientes que no hayan efectuado la notificación (de salida del país), cuyas direcciones IP se encuentren fuera de la República Bolivariana de Venezuela, deberá efectuar de manera preventiva un condicionamiento especial que imposibilite los accesos para realizar transferencias en línea de los instrumentos pertenecientes a dicho cliente”.

Según Antonio Morales, superintendente, a partir del 27 de agosto de 2018 los bancos debieron informar a sus clientes que “de tener previsto viajar fuera del territorio nacional y requieran hacer uso o movilizar sus instrumentos financieros bajo cualquier tipo de operación, estos deberán notificar previamente (…) indicando expresamente el lugar o lugares de destino y el periodo correspondiente”.

La Sudeban agregó que los bancos deben bloquear todo acceso al sistema en caso de no ser notificados y permitir el ingreso solo cuando el cliente haga la correspondiente notificación.

Los bancos están en la obligación de informar a la Sudeban semanalmente todos los datos de los clientes que notifiquen que viajarán, los IP de todas las operaciones que se efectúen desde el exterior y los datos de los clientes que intentaron acceder al sistema sin avisar de su viaje.